La magistrada del tribunal administrativo de Cundinamarca, Nelly Villamizar, ordena la suspensión de las marchas programadas en el marco del paro nacional, hasta tener protocolos de bioseguridad o se alcance la inmunidad de rebaño. La orden, sin embargo, no llega a concretarse por falta de tiempo y las marchas del 28 de abril se llevan a cabo, aunque con un velo de ilegalidad que las administraciones aprovechan para entorpecerlas. El 11 de junio, el Consejo de Estado echa para atrás la decisión de la jueza con el argumento de que había rebasado su competencia constitucional ya que los límites a los derechos de reunión y a la protesta pacífica solo pueden ser fijados por el Congreso de la República.