La Policía de Carabineros recurrió al Tribunal Constitucional para que declare inaplicable, por inconstitucional, los artículos 5, inciso segundo, y 28, inciso segundo, de la Ley N°20.285, sobre Acceso a la Información Pública que obliga a entregar el registro de cámaras corporales de detenciones en el contexto del estallido social.